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IA y datos personales en Colombia: qué exige la ley

Colombia no tiene una ley de inteligencia artificial. Tiene, desde 2012, una de protección de datos personales, y aplica completa el día que un chatbot, un asistente o un modelo procesa datos de clientes o empleados. Esto es lo que cambia en un proyecto de IA, explicado para quien lo va a contratar.

Equipo de ingeniería de Quarl · 7 min de lectura

En resumen

  • A octubre de 2026 no hay una ley de inteligencia artificial vigente en Colombia. Hay una política pública, el CONPES 4144 de febrero de 2025, que orienta la acción del Estado y no crea obligaciones para las empresas.
  • Lo que sí aplica es la Ley 1581 de 2012: autorización del titular para una finalidad informada, seguridad y atención de consultas y reclamos, también cuando quien procesa el dato es un modelo.
  • La SIC fijó en la Circular Externa 002 de 2024 cómo lee esa ley frente a la IA: el tratamiento debe ser idóneo, necesario, razonable y proporcional, y si es probable un alto riesgo hay que hacer un estudio de impacto de privacidad antes de diseñar el sistema.
  • En la práctica, la mayoría de los riesgos se cierran en el diseño: enviarle al modelo solo el dato que hace falta, usar servicios que no entrenan con lo enviado y dejar contrato con cada proveedor que procesa datos.

Qué aplica hoy

La Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios regulan cualquier tratamiento de datos personales: recogerlos, guardarlos, usarlos y transmitirlos. No distinguen si quien los procesa es una persona, un programa o un modelo de lenguaje. Un chatbot que pide la cédula para consultar un pedido, o un asistente que lee documentos con datos de clientes para responder, está tratando datos personales. Y un empleado que pega una base de clientes en una cuenta personal de chat también: es el riesgo que se explica en ChatGPT para empresas.

La autoridad es la Superintendencia de Industria y Comercio. En 2024 publicó la Circular Externa 002, con lineamientos sobre el tratamiento de datos personales en sistemas de inteligencia artificial. No es una ley nueva: es la forma en que la autoridad va a leer la ley existente cuando el caso involucre IA.

La política pública, el documento CONPES 4144 aprobado en febrero de 2025, orienta la inversión y la acción del Estado en inteligencia artificial hasta 2030. Es un marco de política, no una norma que imponga obligaciones a las empresas privadas.

Lo que pide la SIC, en concreto

LineamientoQué significa en un proyecto
Idoneidad, necesidad, razonabilidad y proporcionalidadAntes de usar datos personales en un sistema de IA hay que poder justificar que sirven para el objetivo, que no hay una forma menos invasiva de lograrlo y que el beneficio compensa la afectación.
Principio de precauciónSi no hay certeza sobre el daño que el tratamiento puede causar, la instrucción es abstenerse o adoptar medidas preventivas.
Estudio de impacto de privacidadCuando es probable un alto riesgo para los titulares, se hace y se documenta antes del diseño y el desarrollo, no después del lanzamiento.
Calidad del datoLos datos que alimentan el sistema deben ser veraces, completos, exactos, actualizados y comprobables.
TransparenciaEl titular puede pedir en cualquier momento información sobre cómo se tratan sus datos, también dentro de un sistema de IA.
SeguridadMedidas para evitar acceso indebido, manipulación, uso no autorizado y circulación a personas no autorizadas.

Cinco decisiones que resuelven casi todo

  • Enviarle al modelo solo lo necesario. Para responder el estado de un pedido, el modelo no necesita la cédula ni el teléfono del cliente: el sistema consulta con el dato y le pasa al modelo solo el resultado.
  • Usar servicios que no entrenan con lo enviado. Los planes empresariales y las API de los principales proveedores no usan por defecto lo enviado para entrenar; las cuentas personales gratuitas pueden hacerlo. El trabajo con datos de clientes va por los primeros.
  • Contrato con cada proveedor que procesa datos. Si el modelo, la base de datos o el servidor procesan datos por cuenta de la empresa —y más si están fuera del país—, la regulación prevé un contrato con ese encargado. Conviene revisarlo con el abogado antes de salir a producción.
  • Autorización y aviso que cubran el uso. La política de tratamiento y el aviso de privacidad tienen que incluir la finalidad para la que el sistema usa el dato. Una autorización pedida para facturar no cubre por sí sola personalizar o entrenar un modelo.
  • Saber dónde queda cada dato y cómo se borra. Conversaciones guardadas, registros, copias en el índice de búsqueda: cada lugar es un lugar desde donde hay que poder borrar cuando el titular lo pide.

Cuatro preguntas para el proveedor

  1. ¿Qué datos personales va a ver el modelo? La respuesta correcta es una lista concreta, no «los que hagan falta». Si el proveedor no la tiene, todavía no diseñó el flujo.
  2. ¿Dónde quedan guardados y por cuánto tiempo? Conversaciones, registros, copias en la base vectorial. Cada lugar tiene que tener un plazo y una forma de borrar.
  3. ¿Qué terceros procesan los datos y en qué país? El proveedor del modelo, el alojamiento, la base de datos. Con esa lista se revisan los contratos y la política de tratamiento.
  4. ¿Cómo se atiende un reclamo de un titular? Si un cliente pide saber qué se hizo con su dato, o que se borre, alguien tiene que poder responderle desde el sistema.

Lo que hacemos

Preguntas frecuentes

¿Hay una ley de inteligencia artificial en Colombia?

A octubre de 2026 no hay una ley de inteligencia artificial vigente. Hay una política pública, el CONPES 4144 de febrero de 2025, que orienta la acción del Estado hasta 2030, y lineamientos de la Superintendencia de Industria y Comercio sobre datos personales en sistemas de IA. Las obligaciones concretas para las empresas siguen saliendo de la Ley 1581 de 2012.

¿Qué dice la Circular 002 de 2024 de la SIC?

Da lineamientos para tratar datos personales en sistemas de inteligencia artificial: el tratamiento debe ser idóneo, necesario, razonable y proporcional; ante falta de certeza sobre el daño, hay que abstenerse o tomar medidas preventivas; si es probable un alto riesgo, hay que hacer y documentar un estudio de impacto de privacidad antes del diseño; y exige calidad del dato, transparencia y seguridad.

¿Se pueden enviar datos de clientes a ChatGPT?

Por cuentas personales no conviene: en los planes gratuitos el proveedor puede usar lo enviado para entrenar. Por los planes empresariales o la API, que no entrenan con lo enviado por defecto, es posible, pero sigue aplicando la Ley 1581: autorización con la finalidad correcta, contrato con el proveedor como encargado y enviar solo el dato que haga falta.

¿Un chatbot necesita autorización para tratar datos personales?

Si recoge o consulta datos personales —nombre, cédula, teléfono, historial—, aplican las reglas generales: autorización del titular para la finalidad, aviso de privacidad y un canal para consultas y reclamos. Lo práctico es que el chatbot muestre el aviso y enlace la política de tratamiento antes de pedir el primer dato.

¿Qué es un estudio de impacto de privacidad?

Es un análisis documentado de qué datos personales usa un sistema, para qué, qué riesgos crea para los titulares y qué medidas los reducen. La Circular 002 de 2024 de la SIC lo pide antes del diseño y el desarrollo cuando es probable un alto riesgo. En la práctica, también es el documento que ordena las decisiones técnicas del proyecto.

Escrito por

Equipo de ingeniería de Quarl

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